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CONSULTA Laser a 50 metros
#1
Necesito quemar cartón a una distancia de 50 metros, alguna idea sobre que láser y lentes se podrian utilizar, o al menos por donde comenzar.


Gracias
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#2
Pues de láser uno de potencia, como el NUBM44. De lentes... quizás con la que trae te sirva.
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#3
Muchas gracias por la respuesta, pero he estado probando con uno de 200 mW que tengo y con las lentes que trae, a partir de un metro aproximadamente ,a pesar de intentar enfocar,  la disminución de potencia es enorme, no se si es un problema de calidad de las lentes o que tienen que ser de otro tipo.
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#4
A 50 metros???

No se, yo no lo veo facil.

Alomejor si nos cuentas para qué o como lo necesitas te damos una solución alternativa entre todos.

Suerte.
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#5
Tenemos que retirar nidos de pájaros, en lugares no accesibles, a una distancia máxima de 50 metros, tienen una consistencia similar al cartón, el problema sería conseguir que llegase suficiente potencia enfocada a 50 metros.

Alguien ha conseguido enfocar más allá de un par de metros?

Gracias.
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#6
Si que han conseguido enfocarlo lo suficiente como para que empiece a quemar, pero de ahí a que pase a mayores... no te sabría decir.

Con eso que propones, a ver si vais a generar un incendio con alguna brasa que se escape
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#7
Esta controlado, solo se puede utilizar en condiciones climatológicas y precauciones y sitios adecuados. Sabes que laser y lentes han utilizado?.


Gracias.
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#8
Imagino que además de los "cuidados" que has dicho, estas teniendo en cuenta que en España eso que propones se considera un "arma de guerra" y necesitas que te la homologue, autorice su fabricación y uso, el Ministerio de Defensa, y otros dos o tres ministerios la ubicación de la fabrica.

Sacado del BOE:


10. SISTEMAS DE ARMAS DE ENERGÍA DIRIGIDA, SEGÚN SE INDICA, Y LOS COMPONENTES DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA ELLOS:
a. Sistemas «láser» diseñados especialmente para destruir un objetivo o hacer abortar la misión de un objetivo.
b. Sistemas de haces de partículas capaces de destruir un objetivo o hacer abortar la misión de un objetivo.


19. SISTEMAS DE ARMAS DE ENERGÍA DIRIGIDA (<DEW>), EQUIPOS RELACIONADOS O DE CONTRAMEDIDA Y MODELOS DE ENSAYO, SEGÚN SE INDICA, Y COMPONENTES DISEÑADOS ESPECIALMENTE PARA ELLOS:
a. Sistemas «láser» diseñados especialmente para destruir un objetivo o hacer abortar la misión de un objetivo;
b. Sistemas de haces de partículas capaces de destruir un objetivo o hacer abortar la misión de un objetivo;
c. Sistemas de radiofrecuencia (RF) de gran potencia capaces de destruir un objetivo o de hacer abortar la misión de un objetivo;
d. Equipos diseñados especialmente para la detección o la identificación de los sistemas especificados por los subartículos 19.a, 19.b o 19.c o para la defensa contra esos sistemas;
e. Modelos físicos para ensayo para los sistemas, equipos y componentes, especificados en el artículo 19;
f. Sistemas «láser», diseñados especialmente para causar ceguera permanente a un observador sin visión aumentada, es decir, al ojo desnudo o al ojo con dispositivos correctores de la visión.
Nota 1: Los sistemas de armas de energía dirigida (<DEW>) especificados en el artículo 19 incluyen los sistemas cuyas posibilidades se deriven de la aplicación controlada de:
a. «Láseres» con suficiente potencia para efectuar una destrucción semejante a la obtenida por municiones convencionales;
b. Aceleradores de partículas que proyecten un haz de partículas cargadas o neutras con potencia destructora;
c. Transmisores de radiofrecuencia de alta potencia emitida en impulsos o de alta potencia media, que produzcan campos suficientemente intensos para inutilizar los circuitos electrónicos de un objetivo distante.

Porque puedes pasar una larga temporada en la cárcel, y en el mejor de los casos, si el juez considera que no constituyera delito (cosa poco probable)... como mínimo esto:
De armas de fuego prohibidas o de armas de guerra sin la adecuada habilitación, con multa de 30.050,61 a 601.012,1 euros e incautación de las armas y de los instrumentos o efectos utilizados para la comisión de la infracción y clausura de las fábricas, locales o establecimientos, desde seis meses y un día hasta dos años de duración.

Te aconsejo que antes de seguir con el proyecto te asesores muy bien.
Suerte.
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#9
Según tu interpretación, cualquier puntero láser de tipo IV, más de 500 mW, tendría la clasificación de arma de guerra, y todavía no conozco ningún caso que lo hayan aplicado.


Saludos.
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#10
No hombre no... cualquiera capaz de destruir un objetivo a 50 metros. Y con 500mW no lo consigues ni tirando el dispositivo emisor del láser con fuerza contra el nido! Gran sonrisa
Piensa que los exámenes de la mayoría de las licencias de arma de caza se realizan a 25 metros, excepto las de tiro olímpico que son a 50 metros.
¡Ah! y no es una interpretación, es una copia del BOE.
Pero vamos que si crees que estoy equivocado, espero que aceptes mis disculpas y que sigáis adelante con el proyecto.. Gran sonrisa
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#11
Disculpas ninguna, al revés muchas gracias por el aviso. Pero no se trata de destruir nada, solo de encender fuego. Es más con 500 mW sería un poco justo, pero posiblemente serviria, si llegasen enfocados, claro.
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#12
@kepa, el fuego en sí es un agente destructor.
Y con 500mW a 50 metros me temo que no inicias un fuego, en entornos no controlados, ni con un enfocador "láser"... Como mucho y si se está muy quieto.. Puedes quemar unas córneas a esa distancia... Eso sí... Ten cuidado no sea que el dueño del nido, sea de una especie protegida y te caigan además 600.000€ y dos años de cárcel por cada nido. Gran sonrisa
Bueno, como veo que estás convencido de lo que dices, y a mí sinceramente me da igual si vas a la cárcel por obcecado, o te compras una bici de montaña... Te deseo mucha suerte en la construcción de tu "láser de la muerte" o en tus paseos con tu bici nueva! Gran sonrisa
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